Supensión del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) del Municipio de Villa Nueva
Les informamos de que, mediante el punto 5º del Acta 4680-2021, el Concejo Municipal de la Municipalidad de Villa Nueva, resolvió SUSPENDER TEMPORALMENTE, el Plan de Ordenamiento Territorial, de dicho Municipio (Punto 5º del Acta 4323-2019), en virtud que a juicio de dicho Concejo, el Plan de Ordenamiento Territorial, desde su origen, estaba mal planteado, ya que, de acuerdo a los lineamientos de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (SEGEPLAN), previo a la elaboración de un Plan de Ordenamiento Territorial, es indispensable contar con un Plan de Desarrollo Municipal para poder planificar el desarrollo del Municipio, tomando en cuenta el Plan Nacional de Desarrollo K´tun 2032 y por ende, poder cumplir los Objetivos de desarrollo Sostenible.
Así mismo, se buscó no entorpecer el desarrollo del Municipio y establecer parámetros más lógicos y viables, que incentivaran el desarrollo y no que lo alejaran.
Por lo tanto, en tanto, se trabaje un Plan de Desarrollo Municipal que se apegue a la realidad del Municipio, los proyectos de cambio de uso de suelo, urbanización y construcción en general, deberán de ser conocidos y aprobados con base a los lineamientos establecidos en los Reglamentos de Construcción, Urbanismo, Ornato del Municipio de Villa Nueva.
Aquellos proyectos que se encuentren pendiente de ejecución, pero que hayasn sido aprobados con base a los lineamientos del Plan de Ordenamiento Territorial, podrán solicitar a la Municipalidad de Villa Nueva su revaluación de conformidad con los Reglamentos correspondientes, teniendo un plazo perentorio de 3 meses contados a partir del 10/09/2021, para dicha solicitud.
Cualquier duda respecto el presente o cualquier otro tema de su interés, quedamos a sus órdenes
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