¿Qué debe contener un Protocolo de Prevención de COVID-19? Mínimos.
Departamento Corporativo – Alegalis
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Ante la Pandemia del COVID-19 y la necesidad de reactivar la economía, el Gobierno de Guatemala, está creando los mecanismos necesarios a través de formularios, para la autorización de la operación del comercio en general; sin embargo, es importante que cada centro de trabajo, cuente con un PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DEL COVID-19, el cual sea un cuerpo normativo, de cumplimiento obligatorio, para que toda persona que pretenda ingresar, permanecer y retirarse del centro de trabajo, lo deba de cumplir.
Dicho Protocolo, será una herramienta, que nos permitirá implementar y mantener medidas de control, seguridad he higiene, para evitar que el COVID-19, se continúe contagiando y sobre todo, que nuestro Centro de Trabajo, se pueda convertir en un punto de contagio.
En virtud de lo anterior, les compartimos un ejemplo de protocolo que contiene a nuestro juicio lo mínimo que debiese de contemplar el PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DEL COVID-19, lo anterior con fundamento a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, la Organización Panamericana de Salud, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y la Normativa de Seguridad Industrial y Ocupacional.
El hecho de tener un PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DEL COVID-19, no exonera la obligación de cumplir con toda aquella normativa de seguridad industrial y ocupacional, por lo que les recomendamos que lo puedan completar, enfocado al giro ordinario de su negocio.
EJEMPLO DE PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DEL COVID-19
CONSIDERANDO
Es importante, que los Protocolos de Prevención del COVI-19, tengan considerandos, estos en virtud que serán el fundamento y justificación de la necesidad de emitir dicho cuerpo normativo. En este caso, los considerandos es el Evento de Fuerza Mayor del COVID-19, el Estado de Calamidad, Disposiciones Presidenciales y cumplimiento de la Normativa de Seguridad Industrial y Ocupacional (Acuerdo Gubernativo 229-2014). El hecho de tener y cumplir un Protocolo de Prevención, no nos excluye de la obligación de tener un Reglamento Interno de trabajo y cumplir en general la Normativa de Seguridad Industrial y Ocupacional.
POR LO TANTO
A efectos de normar y establecer protocolos internos, para mantener un lugar de trabajo seguro, limpio con el cual se pueda evitar cualquier contagio del COVID-19, se emite el presente PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DEL COVID-19-.
DE CONOCIMIENTO GENERAL E INFORMATIVO
Objetivos: Es importante que, en el Protocolo, establezcan los objetivos del mismo, los cuales deberán de ir enfocados en tener un lugar de trabajo, seguro y limpio, evitando así el contagio del COVID-19.
Glosario o Términos de Referencia: Entendemos que no todos somos médicos ni expertos en la materia, por lo que deberemos de tener un glosario, o términos de referencia, para que todas las personas que lean el Protocolo, conozcan que se pretende regular con el mismo y sobre crear medidas de prevención. En este caso, recomendamos que utilicemos fuentes confiables, tales como la Organización Mundial de la Salud, Organización Panamericana de la Salud, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, etc. En este caso, recomendamos que como mínimos se desarrolle:
- Coronavirus;
- COVID-19;
- Síntomas del COVID-19; y
- Formas de Contagio del COVID-19.
DEL LUGAR DE TRABAJO
El Protocolo, podrá ser para la Sede Social de la entidad y/o para cualquier lugar en donde preste sus servicios, por lo que se deberá de indicar los lugares en los que se deberá de aplicar.
PROTOCOLO
De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, es importante que dentro del Protocolo de Prevención del COVID-19, se regule el antes, durante y después de trabajar, en virtud de ello les invitamos a establecer un Protocolo para cada uno de estos momentos, tal como se desarrollará a continuación. Así mismo, se deberá de establecer un Protocolo, por aquellos casos en los que una persona tenga síntomas de COVID-19. Por favor, no olviden que el presente protocolo es únicamente ejemplificativo, por lo que se deberá de adecuar de acuerdo al giro ordinario de su comercio y/o actividades.
PROTOCOLO DE INGRESO
De los Obligados: Debemos de establecer quienes deberán de cumplir con el Protocolo, desde ya les recomendamos, que cualquier persona que pretenda su ingreso a su centro de trabajo, deberá de cumplir con el Protocolo de Ingreso.
Pasos a seguir del Protocolo de Ingreso: Para efectos de cumplir el PROTOCOLO DE INGRESO, se deberá:
- Proceder al lavado y sanitización del calzado. Para ello, a través de la bandeja colocada en la puerta de ingreso, se deberá de desinfectar el calzado (previo a ingresar, seque la suela de su calzado, con la alfombra que se encuentra a un costado de la bandeja).
- Al momento de ingresar, inmediatamente se deberá de aplicar Alcohol en Gel, el cual podrá ser propio o en su caso,
utilizar el proporcionado por el Centro de Trabajo, el cual se deberá de ubicar en un lugar cercano a la entrada.
- Cualquier persona que pretenda su ingreso al Centro de Trabajo, será tomada su temperatura corporal, a través de un termómetro digital, siendo la máxima permitida para su ingreso 37.5 grados centígrados (De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud), en caso que una persona presentara una temperatura mayor, se deberá de proceder conforme el PROTOCOLO DE SÍNTOMAS DEL COVID-19, el cual será desarrollado más adelante. Ello implica que en la entrada del centro de trabajo, deberemos de tener un termómetro (recomendamos que sea digital, por higiene).
- Para efectos de tener una trazabilidad de las personas que ingresaron al Centro de Trabajo, recomendamos que se
tomen datos generales de cada persona, dichos datos serán:
- Nombre completo;
- Código Único de Identificación;
- Dirección de Residencia;
- Número telefónico;
- Circunscripción Municipal;
- Circunscripción Departamental;
- Número de personas que viven con él (ella); y
- Temperatura Corporal (de Ingreso y Egreso).
Dichos datos serán CONFIDENCIALES, siendo la persona que los tome, la responsables de su manejo y salvaguarda.
Recomendamos que se utilice el formato que brindó el Ministerio de Economía, para conocer las personas que estaban laborando, durante el COVID-19.
- Una vez se ingrese a las oficinas, cada persona será dirigida a un baño, donde se deberá de lavar las manos con jabón antibacterial, durante 60 segundos y hasta los codos. Recomendamos que se coloquen rótulos, en los baños para que las personas puedan conocer la forma correcta de lavarse las mismas (para ello, recomendamos que utilicen la propaganda de la Organización Mundial de la Salud).
- Es muy importante, que cualquier persona que se retire de las instalaciones y pretenda su reingreso, deberá de cumplir nuevamente el PROTOCOLO DE INGRESO (Sin excepción).
DEL PROTOCOLO DURANTE SU PERMANENCIA
Del Objeto y Obligados: Nuevamente deberemos de indicar, quienes deberán de cumplir el Protocolo de permanencia, en este caso, es suficiente que lo cumplan las personas que laboran en el Centro de Trabajo.
Del Protocolo de permanencia: Medidas de prevención de cumplimiento del Protocolo de Permanecía.
- Previo a ingresar a cualquier oficina o sala de reuniones, cualquier persona, deberá de lavarse las manos con jabón antibacterial, de acuerdo a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.
- Cada vez que una persona salga de su lugar de trabajo o de una reunión, deberá de lavarse nuevamente las manos, tal como se indicó en el punto inmediato anterior.
- No se podrá prestar ningún tipo de material o bien, salvo que el mismo sea desinfectado antes y después de haberlo utilizado, dicha desinfección se podrá hacer con antibacteriales u alcohol.
- El área de comedor será desinfectada en la mañana, a las 11:50, 12:30, 13:10, 13:50, 14:30, de tal manera que se encuentre limpia antes y después de cada tiempo de comida. Recomendamos que se hagan horarios de uso del comedor, ello les permitirá, mantener el distanciamiento y tener oportunidad para desinfectar el área antes y después de cada horario de comida.
- Cada persona, deberá de lavar los platos, vasos cubiertos y demás utensilios que utilice para ingerir alimentos, lo anterior únicamente aplica en el caso que se utilicen las vajillas comunes del Centro de Trabajo.
- Si una persona, durante su permanencia en el Centro de Trabajo, se siente mal o tiene síntomas de COVID-19, se deberá de trasladar al Administrador, para que inmediatamente active el PROTOCOLO SÍNTOMAS DEL COVID-19.
En virtud que es una obligación utilizar mascarilla en todo momento, en el caso que la mascarilla persona de cualquier persona, se viera afectada, dañada, rota y consecuentemente, esto impidiera su correcto funcionamiento, deberá de solicitar al Administrador del Centro de Trabajo, una nueva, quien la repondrá inmediatamente. En cuanto a este punto, se deberá de mantener un inventario de mascarillas, ya que estas tienen el propósito de cuidar a quien la usa, pero también con quienes se relaciona.
- En caso que cualquier persona, por determinada situación, deseará utilizar guantes, para desempeñar su trabajo, atender reuniones o cualquier otro relacionado a su trabajo, podrá solicitar al Administrador, un par de guantes para su uso, debiendo al finalizar su uso, de desecharlos en un basurero.
Cada vez que una persona, utilice el centro de copiado, deberá de limpiar la pantalla touch, en donde tuvo contacto con papel y alcohol, debiendo de desechar el mismo en el basurero lateral del área. Este es como ejemplo, el cual se deberá de repetir en todo aquel equipo de uso comunal.
DEL PROTOCOLO DE EGRESO
Objeto: Cualquier persona, que se retire del Centro de Trabajo, deberá de cumplir con el Protocolo de Egreso.
Del PROTOCOLO DE EGRESO: Cualquier persona que egrese del Centro de Trabajo, deberá:
- Previo a retirase, lavarse nuevamente las manos, de acuerdo a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.
- Se tomará la temperatura corporal, debiendo en todo caso de documentarse, en el control que se tomó en el Protocolo de Ingreso.
DEL PROTOCOLO EN CASO DE PRESENTAR SÍNTOMAS
Cualquier persona, que pretenda su ingreso, durante su permanencia o al momento de realizar el protocolo de egreso, que presente síntomas de COVID-19, deberá de ser trasladado al área de aislamiento, establecida dentro de las oficinas, para que el Administrador o su equipo de trabajo, pueda de forma inmediata, denunciar los síntomas de la persona al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social o en su caso a los Bomberos, para que sean ellos, como entes competentes, sean quienes definan la forma en la que se deberá de manejar la situación. Dicho Centro de Aislamiento, deberá de estar aislado, tener lo mínimo para que la persona pueda hidratarse y estar cómodo.
Cualquier persona que desee su ingreso al Centro de Trabajo, acepta desde ya, la forma en la que dicha entidad, a definido la manera en la que se atenderá en caso, cualquier persona, presente síntomas de COVID-19.
OBLIGACIONES
El cumplimiento de presente Protocolo, es de cumplimiento OBLIGATORIO, para cualquier persona, que pretenda su ingreso y durante su permanencia en el Centro de Trabajo, lo anterior, sin excepción alguna.
Es obligación de cada persona, en caso se sienta mal o presente síntomas de COVID-19, indicar al administrador o al equipo administrativo, su estado de salud, para proceder de acuerdo al PROTOCOLO DE SÍNTOMAS DEL COVID-19 o como una enfermedad con distintos síntomas, que visite a un Médico de su confianza.
En cualquier momento dentro de las áreas de circulación, áreas comunes, salas de reuniones, se deberá de utilizar mascarilla, sin excepción alguna.
En el caso de los profesionales y trabajadores del Centro de Trabajo, que deseen utilizar las mascarillas lavables, será su obligación lavarla todos los días con agua caliente y desinfectante.
Las áreas de circulación y áreas comunes deberán de ser desinfectadas como mínimo 2 veces al día, salvo el comedor, el cual se hará conforme se estableció anteriormente.
Las salas de reuniones serán desinfectadas por el equipo de limpieza antes y después de cada reunión, para ello, cualquier persona que las desee utilizar deberá de realizar la respectiva reserva con 30 minutos de anticipación. En el caso, que haya una reunión de emergencia se deberá de notificar al Administrador, quien coordinará una desinfección inmediata, previo a su uso.
Es obligación del personal del Centro de Trabajo, notificar a cualquier persona que se cite, que dicha entidad tiene un Protocolo de Prevención del COVID-19 y que, para poder ingresar y permanecer, deberá de cumplirlo, en caso que no lo desee hacer, no se le permitirá su ingreso, sin embargo, se les invita a realizar la reunión mediante plataformas electrónicas.
Todas aquellas reuniones que se pueda y permitan realizar mediante plataformas electrónicas, la Administración les facilitará acceso.
Toda persona que se encuentre dentro de las instalaciones del Centro de Trabajo, deberá de respetar una distancia de 1.50 metros de distancia entre personas, lo anterior, sin excepción alguna.
PROHIBICIONES
Queda totalmente prohibido:
- Utilizar los recursos de la oficina para distintos propósitos del cual fueron proporcionados;
- Quitarse las mascarillas, salvo al momento de ingerir alimentos o en sus lugares específicos de trabajo, con la salvedad que, si una persona les llega hablar, deberá de colocársela.
- Romper el distanciamiento de 1.50 metros, entre personas.
- Dar mensajes falsos o con información inexacta, respecto el estado de salud de cualquier persona o cualquier otra información que pueda crear pánico.
- Compartir alimentos.
- Compartir materiales o bienes en general, salvo que los mismos hayan sido desinfectados antes y después de utilizarse.
- Utilizar el comedor en horario, no autorizado por la Administración.
SANCIONES
Sanciones: Cualquier persona que no cumpla con el presente protocolo de prevención del COVID-19, será sancionado de la siguiente forma:
- Llamada de atención verbal;
- Llamada de atención por escrito; o
- Expulsión de las instalaciones del Centro de Trabajo. En el caso que sea un trabajador o prestador de servicios y dicha expulsión le impida desempeñar sus labores, dicha falta será considerada como una causa justificada para dar por terminado su contrato de prestación de servicios o la relación laboral, lo anterior en virtud que, en este caso, prevalecerá el bien común.
Dichas sanciones, serán interpuestas a juicio del Administrador, de acuerdo a la falta cometida. Dicha sanción únicamente podrá ser modificada o exonerada por la autoridad superior del Administrador.
Las sanciones anteriores, no le excluyen de las responsabilidades penales, administrativas y de orden público.
MODIFICACIONES
El Protocolo, podrá ser modificado en cualquier momento por el Administrador del Centro de Trabajo, con previa aprobación del Superior, debiendo en todo caso de hacerlas del conocimiento general de su personal, profesionales y visitas.
VIGENCIA
El Protocolo, entra en vigencia a partir del día 5 de mayo del año 2020 y estará vigente hasta que el Presidente de la República de Guatemala, declare el regreso a la Normalidad de las Actividades comerciales o en su caso, el Administrador del Centro de Trabajo, lo indique por escrito.
Cúmplase.
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Administrador General
Departamento Corporativo – Alegalis
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